Responsabilidad de los administradores de páginas web

ADMINISTRADORES DE WEBS QUE ALOJAN O ALMACENAN DATOS.

Si el administrador de una página web, no provee directa ni indirectamente el contenido que aloja o almacena en su web, y no asume el control ni la supervisión del mismo con carácter previo a su publicación, queda exento de toda responsabilidad, en el supuesto que dicho contenido o actividad pueda resultar lesivo para los derechos o intereses de una persona o ilícito.

No obstante, no se apreciará la exención de responsabilidad, desde el momento en que dicho administrador tenga conocimiento efectivo de la ilicitud, daño o lesión, debiendo proceder a la retirada del mismo o evitar su acceso a terceros.

Tendrá conocimiento efectivo:

  • Cuando el afectado o un tercero comunique al administrador de la web, la “ilicitud” de los datos publicados, y ésta sea patente y evidente por sí sola. El administrador de la web, debe cumplir con el deber de información previsto en el art. 10 de la LSSICE (informando adecuadamente de su localización, que permitan al afectado ponerse en contacto con él), de lo contrario incurre en responsabilidad.
  • Cuando exista una resolución judicial en este sentido, y le sea comunicada.

Un caso claro de estos administradores, son los de páginas web de foros o blog, en los que el administrador no modera o controla.

ADMINISTRADORES DE WEBS QUE ALMACENAN DATOS, CREANDO DIRECTAMANTE O INDIRECTAMENTE EL CONTENIDO O CONTROLANDO EL MISMO.

Los administradores de páginas webs, que proveen de contenido  bien directamente o indirectamente a través de personas con las que les une un vínculo asociativo o contractual, o bien se comprometen a supervisar a través de cualquier medio (humano o técnico) el contenido previamente a su publicación, responderán del daño o lesión que dicha información pueda ocasionar a terceros.

Ejemplo de estos administradores, son los de páginas web informativas y de foros o blog moderados.

La licitud o ilicitud de una información, actividad o datos publicados, solo puede ser declarada por un Tribunal, ahora bien, el carácter lesivo o dañino de determinados contenidos, puede ser patente y evidente por sí sola (comentarios, imágenes o vídeos que resulten vejatorios, ofensivos en exceso, calumniosos…), y por tanto, puede ser apreciado por cualquier persona diligente, sin tener que esperar a una resolución judicial.

ADMINISTRADORES DE WEBS QUE ENLAZAN A OTROS CONTENIDOS

Los administradores de páginas webs, que incluyan enlaces simples o de superficie (los que permiten, acceder simplemente a otra web), no asumen responsabilidad por el contenido ilícito, lesivo o dañino de las web enlazadas. Ahora bien, se les podrá exigir responsabilidad, cuando el administrador de la web, tenga conocimiento efectivo de que el contenido al que enlaza es ilícito, debiendo de retirar el enlace o prohibir su acceso.

Tendrá conocimiento efectivo:

  • Cuando le sea comunicado por la persona afectada.
  • Cuando se dicte una resolución judicial en este sentido y le sea notificada.

Si el contenido de la web enlazada, vulnera los derechos de propiedad intelectual (facilita el visionado o descarga de obras intelectuales “Libros”, obras pictóricas “cuadros” obras auditivas “música”, obras audiovisuales “películas”, no mediando el consentimiento del autor), el administrador de la web que contiene los enlaces será responsable, siempre y cuando, participe directamente o indirectamente en la descarga, el visionado o guarde en su equipo aquellos archivos. Son numerosas las sentencias judiciales, que establecen que el mero enlace no es ilegal.

Nota: La responsabilidad y exención de responsabilidad de los administradores de páginas webs, aparece contemplada en los artículos 16 y 17 de la Ley de servicios de la sociedad de la información (LSSI). La LSSI, se aplica siempre que el prestador de servicios (titular de la web) ejerza una actividad económica, esto es, que dicha web le reporte unos beneficios de forma directa o indirectamente (a través por ejemplo de publicidad).

La LSSI, no es aplicable por tanto, cuanto la web no reporta ningún beneficio económico a su titular. En estos casos, los administradores de web de almacenamiento de datos y los de enlaces a contenidos, quedan sujetos a las responsabilidades civiles o penales, que puedan derivarse por almacenar o enlazar a contenidos o actividades ilícitas.

Ejemplo: El titular de una web de foros, que no recibe ningún tipo de beneficio económico, responderá civilmente por las manifestaciones injuriosas que se viertan en el foro, si no las retira tan pronto tenga conocimiento efectivo de las mismas. En este caso, no es aplicable el artículo 16 de la LSSI, sino la Ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. En este supuesto, también se le pueden exigir al administrador de la web, responsabilidades penales, por un delito de injurias.

 

Legalización Web

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